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Cuestiones legales y fiscales de criptomonedas

La tecnología, el comercio y la economía han ido avanzando. Creando fuentes de intercambio comercial distintas a las actuales monedas legales, configurando la creación de un mundo globalizado y casi cien por cien digital. 

 

El surgimiento de una forma de pago como las “criptomonedas” es sin duda parte fundamental de estos avances. En términos generales, las criptomonedas se pueden definir como activos virtuales que utilizan cifrado criptográfico para garantizar su propiedad y asegurar la integridad de las transacciones. También controla la creación de unidades adicionales, es decir, evitar que alguien haga copias, por ejemplo, a través de una foto, entre otros. Estas monedas no existen en forma física ya que normalmente se almacenan en una billetera digital. Ahora bien, según el Banco de México, un Activo Virtual se puede definir como: 

 

  • Una unidad de información no representa la tenencia de ningún activo subyacente a la par. Y eso es unívocamente identificable, incluso fraccionadamente, almacenado electrónicamente. 
  • El control de emisión se define mediante protocolos predeterminados a los que pueden suscribirse terceros. 
  • Tiene reglas que impiden que réplicas de la unidad de información o sus fracciones estén disponibles para su transmisión más de una vez simultáneamente. 

 

Al tratarse de un activo virtual y no físico, muchos países han propuesto diversas acciones para lograr su reconocimiento. Y permitir que las transacciones se realicen a través de dichos medios tecnológicos. Algunos de estos países, por ejemplo, han ido permitiendo paulatinamente la compra y venta de criptomonedas. Siempre que las casas de bolsa cuenten con la autorización oficial y reconozcan el uso de activos virtuales y bitcoins para realizar operaciones comerciales. Sin embargo, muchos otros países han estado explorando la necesidad de emitir sus propias criptomonedas. 

 

Según publicaciones recientes en México, 12% de la población adulta posee alguna criptomoneda, convirtiendo a nuestro país en la novena nación con mayor índice de posesión de estos instrumentos a nivel mundial. Desde nuestro punto de vista, este porcentaje ha ido aumentando exponencialmente, considerando que el uso de efectivo en el país aún es cotidiano. 

 

México se encuentra entre las 10 naciones con mayor tasa de adopción de criptomonedas. Sólo por detrás de Nigeria, que tiene una tasa de adopción de 24,2% de su población, Malasia (18%), Australia (17,7), Indonesia (16,75), Hong Kong (15,8%), Singapur (15,6%), India (15,4%) y Filipinas (13.3%). 

 

Por ello, las instituciones financieras en México han comenzado a realizar diversos estudios y opiniones en la industria respecto del posible tratamiento fiscal que se le debe dar al uso de activos virtuales por parte de los contribuyentes. Tomando en consideración principalmente algunas de las recomendaciones del proyecto BEPS respecto a las estrategias de planificación fiscal utilizadas cuando existen determinadas discrepancias e inconsistencias entre los sistemas tributarios nacionales. 

 

El marco legal actual con las criptomonedas 

En todo el mundo, las criptomonedas se encuentran en diferentes situaciones legales según el país en el que se centra el foco. En la mayoría de estas regiones, su uso para transacciones no está expresamente prohibido. Esto es precisamente lo que ocurre en España, México y Estados Unidos. 

 

Existe otro escenario legal en el que es posible realizar transacciones comerciales siempre que no estén involucrados los bancos. Tal es el caso de zonas como Canadá o Colombia. Mientras tanto, pagar con criptomonedas en regiones como Arabia Saudita o Vietnam está prohibido. Finalmente, son formalmente ilegales en algunos países, incluidos China y Marruecos. 

 

Fiscalidad de las criptomonedas 

La fiscalidad empieza a contemplar las criptomonedas, dadas las ganancias y pérdidas que pueden generar a los inversores. En el caso de España, se hizo obligatorio declarar las inversiones en criptomonedas en la Declaración de la Renta de 2021. En este nuevo modelo se incluye una nueva casilla para las monedas virtuales. Se requiere detallar las ganancias en el epígrafe “Ganancias y pérdidas de capital derivadas de enajenaciones de otros bienes de capital”. Deben realizarse, concretamente, en una casilla [1626]. También se pueden declarar pérdidas para obtener deducciones, siendo facultativa en este caso. 

 

En el marco europeo, los países con una fiscalidad más atractiva para los inversores en criptomonedas son Portugal, Alemania y Suiza, ya que no exigen la declaración de beneficios. En otros casos, los negocios digitales empiezan a entrar en juego sin una línea clara respecto a las monedas virtuales. Esto sucede con Bermuda y su “Ley de Negocios de Activos Digitales”, aprobada en 2018 y excluye el pago de impuestos por las criptomonedas. 

 

Podemos afirmar que el panorama está cambiando a nivel mundial con la irrupción de estos nuevos activos. En un principio parecían una nueva tendencia, pero finalmente se han instalado como un nuevo producto de inversión más. Hoy en día, la mejor manera de actualizarse para realizar inversiones y conocer la realidad del mercado es formarse con una Maestría en Finanzas. Eso puede ofrecer una mejor orientación sobre las finanzas del siglo XXI y sus diferentes tendencias. Entre los principales conocimientos que se imparten se encuentran las criptomonedas y nuevos conceptos de inversión. 

 

 

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